La LSSICE regula los aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información. Su web está obligada a cumplirla siempre que constituya una actividad económica o lucrativa, y la ley entiende ese concepto de forma muy amplia.
Casos en los que sí aplica
- Tienes un blog con publicidad por la que recibes remuneración.
- Vendes productos o servicios, aunque no cobres en la propia web.
- Tienes una web corporativa donde te anuncias con datos identificativos.
Casos en los que no aplica
Las webs o blogs personales sin publicidad —o que, aun teniéndola, no generan ingresos— no están obligadas. Tampoco las páginas estrictamente privadas.
¿Dudas sobre tu caso? Analizamos tu web y te decimos exactamente qué textos legales necesita.